Evaluación y Acreditación de Carreras


¿En qué consiste la evaluación y acreditación de carreras?

La Ley de Educación Superior (LES) 24.521 es la norma que regula la educación superior en el país. Sancionada en 1995, establece procesos de evaluación obligatorios para carreras de grado reguladas por el Estado y para todos los posgrados (especializaciones, maestrías y doctorados). Su propósito es garantizar estándares mínimos de calidad y promover la mejora permanente de la formación universitaria.  

La evaluación y acreditación de carreras consiste en una evaluación llevada a cabo por un organismo externo, público o privado. La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) es la agencia pública que evalúa en base a criterios y estándares previamente establecidos por el sistema universitario. La LES establece en el Art. 39º que todas las carreras de posgrado deben acreditar, proceso que abarca mas de 80 carreras de posgrado de la Universidad del Salvador.

En cuanto a la formación de grado, el Artículo 43° define la obligatoriedad de estos procesos para las carreras cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes. En conformidad con el sistema universitario, el Ministerio de Capital Humano (Secretaría de Educación) determina en forma progresiva la nómina de tales títulos.

En la institución se encuentran sujetas a esta normativa las siguientes carreras de grado: Abogacía, Agronomía, Arquitectura, Contador Público, Ingeniería en Informática, Ingeniería Industrial, Licenciatura en Enfermería, Licenciatura en Fonoaudiología, Licenciatura en Nutrición, Licenciatura en Psicología, Licenciatura en Sistemas de la Información, Licenciatura en Terapia Física, Licenciatura en Terapia Ocupacional, Medicina, Odontología y Veterinaria.